Área de práctica

Ley 2466 de 2025 · actualizado

Acoso Laboral

Asesoría y representación en casos de acoso, hostigamiento, violencia y discriminación en el trabajo. Protección de derechos laborales bajo la Ley 2466 de 2025.

¿Qué es?

Acoso Laboral en Colombia

El acoso laboral es cualquier comportamiento inaceptable dirigido a causar daño físico, psicológico, sexual o económico en el trabajo. La Ley 2466 de 2025 amplió significativamente la protección: ahora basta un solo acto (no se requiere repetición) y se incluyen acoso sexual, discriminación por género, raza, orientación sexual, discapacidad, embarazo, represalias y violencia de cualquier tipo. Un abogado laboral es indispensable para documentar los hechos, presentar las denuncias correctas y reclamar la indemnización que mereces.

Consulta gratuita

¿Cuándo necesitas un abogado de acoso laboral?

  • Tu jefe o compañero te intimida, amenaza o humilla, incluso una sola vez
  • Sufres discriminación por género, raza, religión, orientación sexual o discapacidad
  • Eres víctima de acoso o violencia sexual en el trabajo
  • Te presionan para renunciar por enfermedad, salud mental o embarazo
  • Recibes represalias por denunciar irregularidades o por interponer una queja
  • Hay violencia basada en género: acoso por embarazo, maternidad o rol de cuidado
  • Tu empleador no responde a denuncias ante el Comité de Convivencia
  • Te despiden o degradan después de haber denunciado acoso

Reconoce las señales

¿Estás viviendo alguna de estas situaciones?

Críticas constantes sobre tu trabajo, personalidad o apariencia

Exclusión deliberada de reuniones, equipos o decisiones

Asignación de tareas imposibles, humillantes o fuera de tu cargo

Burlas sobre tu género, origen, religión, orientación sexual o discapacidad

Amenazas de despido sin causa justificada

Aislamiento, cambio de funciones o reubicación sin explicación

Presión para renunciar o para firmar documentos bajo amenaza

Comentarios sexuales, tocamientos o insinuaciones no deseadas

Si reconoces alguna de estas señales, actúa hoy. Cada día que pasa sin denunciar beneficia al acosador y dificulta la recopilación de pruebas.

Quiero asesoría

El proceso

¿Cómo funciona un caso de acoso laboral?

Paso 01

Evaluación y documentación

Analizamos si tu situación configura acoso bajo la Ley 2466. Documentamos hechos, fechas, testigos y evidencia digital (mensajes, correos, capturas de pantalla).

Paso 02

Denuncia ante Comité de Convivencia

Presentamos denuncia formal ante el Comité de Convivencia de tu empresa. Tienen máximo 10 días hábiles para investigar y tomar medidas correctivas.

Paso 03

Reporte a ARL y Ministerio de Trabajo

Si la empresa no actúa, denunciamos ante tu ARL como riesgo psicosocial y ante el Inspector de Trabajo, quien puede imponer sanciones al empleador.

Paso 04

Demanda por indemnización

Si el acoso persiste o hay represalias, demandamos ante el Juzgado Laboral por daño moral, perjuicio económico y reintegro laboral si fuiste despedido.

Especialistas

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¿Aplica en tu caso?

¿Te tratan diferente por tu género, raza, religión u orientación sexual?

¿Tu jefe ha hecho comentarios inapropiados sobre tu cuerpo o vida personal?

¿Te han presionado para realizar tareas fuera de tu contrato o capacidad?

¿Sufriste represalias después de reportar algo o de pedir un derecho?

¿Sientes estrés, ansiedad o depresión causados directamente por tu trabajo?

¿Has tenido incapacidades médicas relacionadas con el ambiente laboral?

¿Tienes mensajes, correos o testigos que respalden los hechos?

Si respondiste a alguna de estas preguntas, tienes bases para denunciar.

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Preguntas frecuentes

Dudas sobre acoso laboral

¿Qué es acoso laboral según la nueva Ley 2466 de 2025?

Según la Ley 2466 de 2025, es cualquier comportamiento inaceptable una sola vez o repetido que cause daño físico, psicológico, sexual o económico en el trabajo. Incluye discriminación por género, raza, religión, orientación sexual, discapacidad, edad, estado de salud, embarazo y represalias por denunciar. La ley eliminó el requisito de que la conducta fuera "persistente".

¿Basta un solo acto de acoso o debe ser repetido?

Con la Ley 2466, basta un acto único. No se requiere que sea persistente como exigía la antigua Ley 1010. Una humillación grave, un acoso sexual o una represalia pueden configurar acoso laboral en una sola ocasión. Esto cambia radicalmente la forma de denunciar y probar el acoso.

¿A quién debo denunciar primero?

Primero: ante el Comité de Convivencia Laboral de tu empresa (deben responder en máximo 10 días hábiles). Segundo: si la empresa no actúa, ante el Inspector del Ministerio de Trabajo. También puedes reportarlo a tu ARL como riesgo psicosocial para que quede registrado en tu historial de salud laboral.

¿Puedo ser represaliado por denunciar?

No. La Ley 2466 prohíbe expresamente las represalias contra quien denuncia acoso. Si te despiden, degradan o presionan después de denunciar, eso es discriminación laboral. Puedes demandar por despido indirecto y obtener indemnización, reintegro y daños morales.

¿Qué protección hay para mujeres embarazadas?

La ley considera discriminación laboral que una mujer embarazada ejecute tareas inadecuadas o que se desconozcan las restricciones médicas del embarazo. Tampoco puede despedirse ni presionarse a la renuncia por motivo de embarazo, parto o maternidad. Estas conductas constituyen acoso laboral por violencia de género.

¿Cuánto tiempo tengo para denunciar?

Las acciones por acoso laboral prescriben en 3 años desde que ocurrieron los hechos. No esperes: mientras antes denuncies, más fácil es recopilar pruebas (testigos, mensajes, registros de ausencias por estrés). El tiempo en silencio beneficia al acosador, no a ti.

¿Qué indemnización puedo recibir?

Depende del caso. Puedes recibir indemnización por daño moral, perjuicio económico (salarios perdidos, costos médicos), reintegro laboral con pago de todos los salarios caídos si fuiste despedido, y el pago correcto de prestaciones sociales. Si el acoso causó daño a tu salud, puede sumarse una indemnización adicional por incapacidad.

¿El acoso puede ocurrir fuera de la oficina?

Sí. Según la Ley 2466, el acoso puede ocurrir en espacios públicos o privados, en teletrabajo, durante el transporte laboral, en espacios domésticos relacionados con el trabajo, y en redes sociales o plataformas digitales cuando afecten el vínculo laboral. El lugar físico no limita la protección.

¿Qué documentos debo recopilar?

Los más valiosos: mensajes de WhatsApp, Teams o Slack con contenido inapropiado, correos con insultos o amenazas, testigos que presenciaron los hechos, incapacidades médicas por estrés o ansiedad, capturas de pantalla con fecha, registros de ausencias o cambios de funciones y denuncias previas ante el Comité de Convivencia.

¿Puedo demandar si ya me despidieron?

Sí. Si te despiden como represalia por denunciar acoso o como consecuencia directa del hostigamiento, puedes demandar por despido injusto y solicitar reintegro o indemnización. El abogado demuestra que el despido fue motivado por el acoso y no por una causa legal válida.

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